Desde mayo de 2025 tienes nuevas obligaciones en prevención de riesgos laborales
El entorno del empleo doméstico ha sido tradicionalmente uno de los más desprotegidos en materia de prevención laboral. Sin embargo, esta situación está cambiando. Desde el 14 de mayo de 2025, todas las personas que contraten a trabajadores del hogar deberán cumplir una nueva obligación legal: evaluar los riesgos laborales del domicilio.
Esta exigencia nace del Real Decreto 893/2024, aprobado por el Gobierno con el objetivo de mejorar las condiciones de seguridad y salud de las personas empleadas del hogar. Para facilitar su cumplimiento, el Ministerio de Trabajo y el INSST han puesto en marcha una herramienta online gratuita a través de la plataforma Prevencion10.es.
Una medida pionera para un colectivo vulnerable
Por primera vez, se reconoce de forma expresa que los domicilios particulares donde se presta servicio profesional también deben someterse a una evaluación de riesgos. Esto incluye no solo aspectos físicos como la ergonomía, la limpieza o el uso de productos químicos, sino también riesgos psicosociales, de acoso o de organización del trabajo.
La herramienta puesta a disposición del público permite realizar esta evaluación de forma sencilla, guiada y sin coste, generando un documento válido ante la Inspección de Trabajo que servirá como prueba de cumplimiento normativo.
¿Qué implica esta nueva obligación?
Si tienes contratada a una trabajadora o trabajador del hogar (aunque sea por unas pocas horas a la semana), deberás:
- Evaluar los riesgos asociados al entorno en el que se realizan las tareas domésticas.
- Aplicar medidas preventivas en función de esa evaluación (por ejemplo, facilitar guantes, evitar productos peligrosos, establecer pautas horarias razonables…).
- Registrar la fecha de la evaluación y hacer seguimiento si cambian las condiciones.
- Guardar el informe generado para posibles inspecciones.
La evaluación debe estar realizada antes del 14 de noviembre de 2025. A partir de esa fecha, no cumplir con este trámite podrá conllevar sanciones económicas.
¿Qué otras obligaciones recoge la nueva normativa?
El Real Decreto 893/2024 no se limita a la evaluación de riesgos. También establece nuevos derechos para las personas empleadas del hogar, entre los que destacan:
- Derecho a recibir formación en prevención de riesgos laborales.
- Acceso a revisiones médicas periódicas (cada 3 años, de forma gratuita).
- Obligatoriedad de facilitar Equipos de Protección Individual (EPI).
- Elaboración de protocolos frente al acoso laboral, incluso en entornos domésticos.
- Control horario digital, que será supervisado por la Inspección de Trabajo.
Este conjunto de medidas sitúa al empleo del hogar en un nuevo marco de protección, equiparándolo al de cualquier otro sector profesional.
¿Cómo te ayudamos desde Fideslan?
Sabemos que cumplir con las obligaciones legales puede resultar confuso si no cuentas con el apoyo adecuado. En Fideslan Asesores podemos ayudarte a interpretar esta nueva normativa y a cumplir con tus obligaciones como empleador de forma sencilla y sin riesgos.
Cumplir con la ley es más fácil con el acompañamiento adecuado.
No esperes a última hora. El plazo finaliza el 14 de noviembre de 2025.
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